martes, 12 de enero de 2010

El feminicidio de ciudad juarez


La condena de México por la Corte Interamericana de Derechos Humanos es un hito de la justicia.

Esto ocurrió en 1993. En enero de 1993. A partir de esa mujer muerta comenzaron a contarse los asesinatos de mujeres. Pero es probable que antes hubiera otras. La primera muerta se llamaba Esperanza Gómez Saldaña y tenía 13 años. Pero es probable que no fuera la primera muerta.

Tal vez por comodidad, por ser la primera asesinada en el año 1993, ella encabezaba la lista". Según 2666, obra simplemente maestra de Roberto Bolaño, esto ocurría en Santa Teresa, en la frontera de México con Estados Unidos. Solo que Santa Teresa no existe. Solo que Santa Teresa es el trasunto de Ciudad Juárez, ciudad que sí existe, en la frontera de México con Estados Unidos, frente a El Paso, a la orilla del río Grande. Solo que en esta ciudad, que sí existe, ni tan siquiera se cuentan las mujeres que aparecen asesinadas, por lo general también torturadas y ultrajadas.

LAS DENUNCIAS ante la policía, las procuradurías o la justicia no han sido atendidas: las fechorías se consolidan. Se han llevado a cabo, a título particular o de oenegés, gestiones ante diversas instancias mexicanas e internacionales, de modo sorprendente, sin resultado práctico alguno: las investigaciones seguían sin abrirse o, si se abrían, se archivaban o languidecían hasta consumirse.

Si alguien, en su mayoría madres de las víctimas, se empecinaba en buscar respuestas era hostigado, cuando no cosas peores.

El feminicidio en Ciudad Juárez se ha vuelto endémico ante la pasividad de las instancias oficiales. Es cierto que México tiene algunos problemas de implementación de la justicia penal, de los que es conciente y se afana en una reforma procesal radical, fruto de un cambio constitucional. Sin embargo, los hechos de Ciudad Juárez no tienen parangón, ni judicial no sociológicamente. La sociedad charra contempla entre atónita e impotente la desidia oficial y el horror sin cuento de la salvajada, que, según las fuentes, se ha llevado por delante más de 400 mujeres, especialmente jóvenes cuando no niñas, cifra que otras elevan a más del doble.

TIEMPO ATRAS, no mucho tiempo atrás, la cosa no hubiera pasado seguramente a mayores y, al final, hubiera desaparecido incluso de los foros más concienciados. Eso hubiera sido antes. Ahora, ante la creciente internacionalización de la justicia --pese al interesado parón de la jurisdicción universal en España-- y a la creciente protección supranacional de los derechos humanos, los deudos de las víctimas han obtenido de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por sentencia del pasado 16 de noviembre, la condena de la República mexicana por violación de los derechos a la vida, a la integridad física, a la intimidad y a la no discriminación.

Por unanimidad, la Corte, radicada en Costa Rica, condena al Estado demandado por no haber investigado seriamente ni haber prevenido los atentados a dichos derechos. Siguiendo su propia doctrina y la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, los seis jueces internacionales reconocen que no prevenir las lesiones de derechos fundamentales cuando estas razonablemente van a producirse, o no investigar las ya producidas, supone un nuevo ataque a esos derechos fundamentales.

En Europa, por ejemplo, el Reino Unido, ocasionalmente, y Turquía, en innumerables ocasiones, han sido condenados por esas omisiones, cuando se denunciaban torturas y las autoridades públicas, en especial el ministerio público, hacían oídos sordos o miraban para otro lado. Condenas análogas han sufrido Honduras, Paraguay o Brasil.

La condena a México no se limita a una declaración solemne. Impone indemnizaciones a favor de cada uno de los reclamantes de 800.000 dólares y una serie de obligaciones al Estado condenado, a cumplir, según las especies, en un plazo de entre seis y 12 meses. Entre las más relevantes cabe reseñar la remoción de todos los obstáculos jurídicos y de hecho que impidan tanto llevar a cabo las indagaciones por cada uno de los delitos como el apartamiento y, en su caso, sanción de los funcionarios que no han cumplido con su obligación de esclarecer los delitos, perseguir a los delincuentes y dar apoyo a las víctimas. Esta tarea, de la que México deberá dar cuenta a la Corte y esta verificar en su materialidad, supone una tarea ingente. No solo habrá que recuperar el tiempo perdido, sino que habrá que remover en alguna medida efectiva los obstáculos de toda índole que han hecho del feminicidio de Ciudad Juárez un atroz ejemplo de incuria y corrupción.


ES DE DESEARque la República de México cumpla con la máxima celeridad y la máxima escrupulosidad el fallo de los magistrados de Costa Rica. También es de desear que repare a las víctimas, prevenga otros atentados análogos a los derechos civiles y dé ejemplo a aquellos países --como España-- que, también sometidos a la jurisdicción internacional en materia de derechos humanos, no dan el cumplimiento a las sentencias de los jueces de Estrasburgo en toda su extensión. México, en fin, aún nos puede enseñar cómo se reparan y enmiendan los rotos a los derechos de los ciudadanos.

*Catedrático de Derecho Penal.