domingo, 12 de agosto de 2012

MÉXICO SE ENFRENTA A SU CUARTO PROCESO INTERNACIONAL POR VIOLENCIA DE GÉNERO


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió a trámite en su última sesión del mes de marzo el caso de Lilia Alejandra Andrade, hija de la activista Norma Andrade, secuestrada y asesinada con 17 años en Ciudad Juárez, crimen que, once años después, permanece impune. México cuenta ya con seis sentencias condenatorias del tribunal de la Organización de los Estados Americanos (OEA) por incumplimiento de distintos derechos fundamentales, tres de ellas por violencia de género, destacando el denominado “caso Campo Algodonero”, el primero de feminicidio visto en el sistema interamericano.
Carolina Galera / Diseño: Aitor García - Feminicidio.net - 09/08/2012
Carolina Galera / Diseño: Aitor García - Feminicidio.net - 09/08/2012
España, Madrid - La Comisión notificó su decisión el pasado 10 de mayo a la Asociación Nacional de Abogados A.C., que presentó la denuncia contra el estado mexicano en nombre de la fundadora de la organización Nuestras Hijas de Regreso a Casa. Según una nota difundida por el Centro de Comunicación Social, el informe de admisibilidad 59/12 del CIDH reconoce indicios de una presunta violación de los derechos a la vida, la integridad y la libertad personal, derechos de la niñez y a la igualdad jurídica de la joven víctima, pero también de los derechos de integridad personal y al debido proceso legal respecto a sus familiares “por todo lo que han tenido que hacer durante estos años en la búsqueda por la justicia”.
En declaraciones al diario La Jornada, el letrado de la causa, David Peña, que también se personó como abogado en el contencioso de Campo Algodonero junto a Karla Michel Salas Ramírez, consideró la admisión de la causa “un paso alentador” para llegar a los “cambios de fondo”, ya que considera que el gobierno federal continúa sin asumir sus responsabilidades para investigar y detener los feminicidios pese a las sentencias anteriores.
El proceso es lento. Se abre ahora un período de tres meses para que los representantes de Norma Andrade, que llevaron el caso ante la Comisión en el año 2003, argumenten su denuncia. Después, será el turno para que el gobierno mexicano aporte sus alegatos, lo que se traduce en casi dos años más hasta que la CIDH cuente con elementos suficientes para determinar si envía la causa a la Corte Interamericana.
SEIS CONDENAS
La Corte Interamericana, con sede en San José de Costa Rica, es junto con la Comisión Interamericana, con sede en Washington, la base sobre las que se asienta el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) iniciado en la Carta de la Organización de los Estados Americanos en 1948 para prevenir, sancionar y erradicar la tortura, la desaparición forzada y la violencia contra las mujeres entre otros derechos fundamentales. Veintún estados americanos han reconocido la competencia de la Corte desde su creación en 1979.
El tribunal se compone de siete jueces elegidos por la OEA para un mandato de un máximo de seis años y tiene dos funciones básicas: contenciosa y consultiva. Sólo los estados miembros y la Comisión (formada a su vez por siete magistrados) pueden someter un caso a la decisión de la Corte. Cualquier ciudadano puede acceder no obstante al tribunal a través de la Comisión, que tiene habilitado en su página web un formulario de denuncia en el que se especifican los requisitos para la consideración de peticiones.
En un informe estadístico elaborado por la CIDH en 2005 con motivo de la celebración de los primeros 25 años de su existencia, el tribunal cuantifica 89 casos contenciosos desde que se plantearan las primeras causas en 1986, siendo el 2003, con15 expedientes, el de mayor número de procedimientos. En el 26,5% de los casos, los estados denunciados reconocieron total o parcialmente su responsabilidad en la violación de los Derechos Humanos. En esa fecha, 74 causas permanecían pendientes de sentencia o en etapa de supervisión de cumplimiento de la misma.
México forma parte de la Convención Americana desde 1981 y reconoció la competencia contenciosa del tribunal en 1998. Hasta la fecha se han presentado siete casos contenciosos contra el gobierno federal, tres de ellos por violencia de género y con sentencias condenatorias: caso Campo Algodonero, por los asesinatos de Claudia Ivette González , de 19 años, Esmeralda Herrera Monreal, 15 años, y Laura Berenice Ramos ,17 años, (cuyos cuerpos fueron encontrados en un descampado de Ciudad Juárez en noviembre de 2001) y los casos Rosendo Cantú y Fernández Ortega por violación, ocurridos a principios de 2002 en el estado de Guerrero.
En estos dos últimos casos las víctimas eran mujeres pertenecientes a la comunidad indígena me’paa y fueron violadas por un grupo de militares, la primera cuando paseaba por un arroyo cercano a su vivienda y la segunda en su propia casa y en presencia de sus cuatro hijos. El tribunal consideró que los ataques sexuales se situaron en un contexto de “violencia institucional castrense” debido a la fuerte presencia militar en este estado colindante con el de Oaxaca, donde los indígenas se encuentran en una situación clara de vulnerabilidad. Las investigaciones fueron sometidas al fuero militar sin que hasta la fecha de las sentencias, de 30 y 31 de agosto de 2010 respectivamente, se hubiera celebrado juicio.
La Corte dispuso, entre otras reparaciones, que el estado mexicano adoptara las medidas necesarias para reconducir ambos procesos al sistema penal ordinario, brindara tratamiento médico y psicológico a las víctimas y a sus familiares y facilitara becas de estudios para los mismos. Debía además poner en marcha centros educativos para las comunidades indígenas e implantar un programa de cursos “permanente y obligatorio” de capacitación y formación en derechos humanos dirigidos a los miembros de las Fuerzas Armadas.
SENTENCIA DEL "CASO CAMPO ALGODONERO"
Las numerosas organizaciones internacionales que se presentaron en la causa por los crímenes del Campo Algodonero, entre ella Amnistía Internacional, pretendían que se ampliara el número de víctimas, ya que fueron ocho los cuerpos de mujeres encontrados allí. La Corte, que celebró laaudiencia pública en Santiago de Chile los días 28 y 29 de abril de 2009, sólo admitió los casos de las tres jóvenes mencionadas.
Tras un largo proceso (la denuncia se presentó ante la Comisión el 6 de marzo de 2002), la Corte dictó sentencia el 16 de noviembre de 2009, declarando la responsabilidad internacional del Estado mexicano “por la falta de protección a las víctimas, falta de prevención de los crímenes pese a la existencia de un patrón generalizado de violencia de género en la zona, falta de respuesta de las autoridades frente a la desaparición de las mujeres, falta de diligencia en la investigación de los asesinatos y la denegación de justicia y la falta de reparación adecuada”.
El estado mexicano hizo un reconocimiento parcial de su responsabilidad por las irregularidades que se presentaron en la primera etapa de las investigaciones, entre 2001 y 2003, si bien estimaba el problema solventado a partir de 2004 . La sentencia conminó al gobierno, entre otras medidas, a reconducir las investigaciones, indemnizar a los familiares de las víctimas y crear una base de datos de mujeres y niñas desaparecidas.
La condena fue recibida por las organizaciones feministas y pro derechos humanos con optimismo. La Corte creó un comité de seguimiento de cumplimiento de la sentencia y el gobierno mexicano constituyó una comisión especial de supervisión de casos de feminicidio. En una visita a Madrid, los abogados David Peña y Karla Michel Salas concedieron una entrevista al diario online del Consejo General de la Abogacía Española en la que destacaron que la sentencia suponía “un cambio internacional en materia de jurisprudencia” y “un gran pretexto para cambiar las cosas”.
Dos años y medio después la realidad se impone. El Estado mexicano da por cumplida la sentenciaen su mayor parte con la publicación de la misma en el Diario Oficial de la Federación y en dos medios de comunicación de amplia difusión, el acto de reconocimiento público, el memorial a las víctimas, la reparación económica y psicológica a los familiares, la creación de la base de datos de los feminicidios y las sanciones a los funcionarios y autoridades que actuaron con negligencia en el proceso de investigación.
Sin embargo, las desapariciones de mujeres, niñas y niños en Chihuahua se incrementaron un 62% en tan solo un año, según señaló a El Universal la representante de ONU Mujeres en México, Ana Güemez. La comisionada presentó en la Cámara de Diputados el pasado mes de mayo un recienteestudio elaborado por la organización del que se desprende que este tipo de violencia ha aumentado un 900% en el estado fronterizo en los últimos seis años.